Cajastur

CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
En vigor desde el 30.04.08
Epígrafe 19º

EPIGRAFE 19º: FACTORING Y CONFIRMING

FACTORING

1.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

% MÍNIMO o FIJO
1.1. Apertura

Tarifa aplicable sobre el límite máximo de financiación, a cobrar
una sola vez al formalizar el contrato de Factoring.
2% 125 euros

2.- FACTORING (Ver Nota 1)

% MÍNIMO o FIJO
2.1. Estudio y clasificación de deudores

Tarifa aplicable para cada deudor sobre el que se solicite el estudio,
renovación o ampliación del límite de riesgo.
-- 100,00 euros
2.2. Cesión de créditos

Tarifa aplicable sobre el nominal de los créditos cedidos:
- Cesión de créditos sin recurso
- Cesión de créditos con recurso

3,50%
3.50%


35 euros
35 euros
2.3. Créditos no cedidos

Tarifa aplicable a los créditos cuya cesión reclame el factor para
poder justificar con ellos el cobro recibido del deudor, por no haber sido cedidos en su momento por el cliente.
1,00 % 10,00

3.- RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS VENCIDAS (Ver Nota 2)

% MÍNIMO o FIJO
3.1. Por cada reclamación -- 30,00 euros

NOTA lª: Los gastos de intervención de Fedatario Público, de escrituras, notariales y registrales, timbres, gastos bancarios, repercutidos y cualquier otro concepto de carácter externo que pudiera corresponder al cliente, se repercurtirá íntegramente por el valor que figure en el justificante.

NOTA 2ª: Se cobrará una sola vez por cada rúbrica y siempre que la reclamación se haya producido efectivamente, para los casos de factoring con recurso y sólo cuando haya existido anticipo de fondos. (Ver epígrafe 10, punto 6).

NOTA 3ª: Los gastos de correo, telex y teléfono se cobrarán de acuerdo con las tarifas vigentes en cada momento.




CONFIRMING

1.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

% MÍNIMO o FIJO
1.1. Apertura

Tarifa aplicable sobre el límite máximo de financiación, a cobrar
una sola vez al formalizar el contrato de Confirming.
2% 125 euros

2.- CONFIRMING

% MÍNIMO o FIJO
2.1. Gestión de facturas

Tarifa aplicable sobre el nominal de cada factura.
1,5% 30 euros
2.2. Anticipo al proveedor

Tarifa aplicable sobre el nominal de cada factura abonada
anticipadamente al proveedor.
1,5% 30 euros

3.- RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS VENCIDAS (Ver Nota 2)

% MÍNIMO o FIJO
3.1. Por cada reclamación -- 30,00 euros

NOTA lª: Los gastos de intervención de Fedatario Público, de escrituras, notariales y registrales, timbres, gastos bancarios, repercutidos y cualquier otro concepto de carácter externo que pudiera corresponder al cliente, se repercurtirá íntegramente por el valor que figure en el justificante.

NOTA 2ª: Se percibirá una solo vez y por cada factura, cuyo pago se hubiera financiado la cliente, que llegado su vencimiento resulte impagada y se realice la reclamación de la misma al cedente (Ver epígrafe 10, punto 6).

NOTA 3ª: Los gastos de correo, telex y teléfono se cobrarán de acuerdo con las tarifas vigentes en cada momento.