| 55.1 CHEQUES EN EUROS A CARGO DE ENTIDADES RADICADAS EN EL EXTRANJERO O CHEQUES EN MONEDA EXTRANJERA TOMADOS EN NEGOCIACIÓN | COMISIÓN % | MÍNIMO EUROS |
|
Cheques tomados en negociación: - Por cuenta - Por caja |
6,00 14,00 |
6,01 6,01 |
| Por devolución | 10,00 | 6,01 |
NOTA 1ª GESTIÓN DE COBRO
Cuando esta clase de documentos se tome en gestión de cobro, será de aplicación el Epígrafe 55.2
NOTA 2ª INTERESES
Además de las comisiones correspondientes, se percibirán intereses por el período comprendido entre la
fecha de negociación y la de abono en cuenta de nuestro corresponsal, según documento contractual.
NOTA 3ª CHEQUES DE VIAJE
Se aplicará lo establecido en el Epígrafe 52 - "Compra venta de cheques de viaje (Traveller Cheques)" de la
presente Tarifa.
| 55.2 REMESAS SIMPLES Y DOCUMENTARIAS SOBRE EL EXTRANJERO TOMADAS EN NEGOCIACIÓN O EN GESTIÓN DE COBRO | COMISIÓN % | MÍNIMO EUROS | REMESAS CON VENCIMIENTO A MÁS DE 180 DÍAS (Ver nota 4ª) | |
| % | Mínimo Euros | |||
| Remesas simples | 10,00 | 31,00 | 3,00 | 10,00 |
| Remesas documentarias | 12,00 | 31,00 | 3,00 | 10,00 |
| Por devolución(en ambas) | 10,00 | 31,00 | 3,00 | 10,00 |
NOTA 1ª REMESAS SIMPLES
Se considerará remesa simple la compuesta únicamente por letra, pagaré, cheque, u otro documento de
giro. Si la remesa viene acompañada por cualquier otro documento, aunque sea fotocopia, se
considerará remesa documentaria.
NOTA 2ª INTERESES EN OPERACIONES TOMADAS EN NEGOCIACIÓN
Las operaciones tomadas en negociación, además de la comisión correspondiente, devengarán
intereses, desde el día de negociación hasta la fecha de liquidación, según documento contractual.
NOTA 3ª INTERESES POR ANTICIPOS
Los anticipos en euros sobre remesas simples o documentarias, devengarán intereses por la parte
anticipada, desde el día del anticipo hasta la fecha valor de la liquidación, sin bonificación de días,
según documento contractual.
NOTA 4ª REMESAS CON VENCIMIENTO A MÁS DE 180 DÍAS
En las remesas enviadas en gestión de cobro, si el vencimiento de la remesa o la recepción del reembolso
fuese superior a 180 días, se percibirá una Comisión Adicional del 3,00 por mil (prorrateable por meses),
mínimo 10 euros, calculada sobre el exceso de dichos 180 días, ello en concepto de servicio de custodia
y bajo petición expresa del cliente de la misma.
NOTA 5ª FINANCIACIÓN EN DIVISAS O EN EUROS AL EXPORTADOR
Si se hubiese efectuado una financiación en divisas o en euros al exportador, se percibirá, además de las
comisiones que correspondan, la de Financiación en Divisas o en euros indicada en el Epígrafe 57.1 de
esta Tarifa.
| A) COMISIONES A PERCIBIR DEL BENEFICIARIO DEL CRÉDITO | % | MÍNIMO EUROS |
| Por tramitación y pago, tanto en créditos pagaderos en nuestras cajas, como en las del banco emisor. | 4,00 | 20,00 |
| Por transferencia (En cualquier clase de crédito transferible). | 3,00 | 40,00 |
| B) COMISIONES A PERCIBIR DEL BENEFICIARIO EN EL CASO DE QUE EL CRÉDITO CONDICIONE QUE LAS COMISIONES Y GASTOS SON A SU CARGO, TANTO EN CRÉDITOS PAGADEROS EN NUESTRAS CAJAS COMO EN LAS DEL BANCO EMISOR. | ||||||
| CLASE DE OPERACIÓN | POR OPERACIÓN | POR RIESGO CADA TRIMESTRE | POR PAGO DIFERIDO CADA TRIMESTRE * | |||
| % | MÍNIMO EUROS | % | MÍNIMO EUROS | % | MÍNIMO EUROS | |
| Créditos sin confirmar | 12,0 | 50,00 | - | - | 0,3 | 50,00 |
| Créditos confirmados ** | 12,0 | 50,00 | 10,00 | 25,00 | 3,0 | 50,00 |
| * Esta comisión se calculará sobre el período de aplazamiento de pago-estipulado en las condiciones del crédito documentario y podrá prorratearse por meses, percibiéndose sólo el 1 por mil en los créditos confirmados y el 0,10 por mil en los créditos sin confirmar, por mes o fracción, en ambos casos. Mínimo 17,00 euros en ambos casos. | ||||||
| Por preaviso, en cualquier clase de crédito, cuando exista. | Comisión única................................. 18,00 euros | |||||
| Por cancelación, si el crédito expira sin ser utilizado. | Comisión única................................. 25,00 euros | |||||
| Por cada modificación | 20,00 euros. Esta comisión se percibirá además de la que pudiera dar lugar por el incremento del importe o la extensión de la validez del crédito (en este último caso si es confirmado o pagadero en nuestras cajas). | |||||
| ** En los créditos confirmados, y en función de la categoría de riesgo-país, según los criterios contenidos en la Norma 10 de la Circular 4/1991 del Banco de España, se percibirá una comisión adicional trimestral de hasta el 6 por mil. Mínimo 20,00 euros. | ||||||
NOTA 1ª INTERESES EN OPERACIONES TOMADAS EN NEGOCIACIÓN
Las operaciones tomadas en negociación devengarán intereses desde el día de la negociación hasta la fecha de valor
del reembolso, según documento contractual.
NOTA 2ª INTERESES POR ANTICIPOS
Los anticipos en euros o en divisas devengarán intereses desde el día del anticipo hasta la fecha de valor del
reembolso, según documento contractual.
NOTA 3ª FINANCIACIÓN EN DIVISAS O EN EUROS AL EXPORTADOR
Si se hubiese efectuado una financiación en divisas o en euros al exportador, se percibirá, además de las comisiones
que correspondan, la de Financiación en Divisas o en euros indicada en el Epígrafe 57.1 de esta Tarifa.