Nota 1ª: Serán también por cuenta del cliente los gastos y comisiones correspondientes a las
operaciones de depósito, administración, compraventa y demás transacciones realizadas con
los valores en instrumentos que integren la cartera(ver epígrafe 16)
Los gastos y comisiones devengadas por operaciones bancarias que el cliente solicite, o
aperturas de cuentas bancarias de cualquier índole en relación con la gestión de la cartera de
inversión, serán por cuenta del cliente. Igualmente serán a su cargo los impuestos y
gravámenes, que en su caso, graven tales gastos y comisiones.
Cualquier otro concepto de carácter externo que pueda existir debidamente justificado se
repercutirá íntegramente al cliente.
Nota 2ª: Las comisiones 1.1 y 1.2 se cobrarán conjunta o separadamente de acuerdo a lo
establecido en cada contrato de gestión de cartera.
Modificación de tarifas
Cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles que puedan ser de
aplicación a la relación contractual establecida será comunicada a los clientes por escrito,
pudiendo ir incorporada a cualquier información periódica que se suministre. Los clientes
dispondrán de un plazo de dos meses desde la recepción de la citada comunicación para
modificar o cancelar su relación contractual con la entidad, sin que hasta que transcurra dicho
plazo les sea de aplicación las tarifas modificadas. No obstante, en el supuesto de que dicha
modificación implicase claramente un beneficio al cliente, se aplicará inmediatamente.